Uno de los miembros de la Comunidad es una Sociedad Limitada y exige que los recibos de la Comunidad lleven el IVA desglosado, ¿es realmente así esta cuestión?
La Comunidad de Propietarios no es una empresa, ni ejerce una actividad profesional. El pago de las cuotas comunes no es sino un reparto de los gastos habidos en el bien común de tipo común y no se trata de prestar servicios a terceros, por lo que no existe ningún precepto que obligue a que los recibos lleven el recargo del IVA.
Ahora bien, es distinto si esa Comunidad arrendara una propiedad comunitaria, en cuyo caso sí que tendría que recargar el recibo de alquiler con el IVA y efectuar la correspondiente declaración.