La Comunidad ha contratado un seguro multirriesgo con inclusión de las conducciones privativas de agua y un propietario ha manifestado por escrito su disconformidad, alegando que ya tiene un seguro particular de su vivienda, y negándose a pagar la parte del seguro que le corresponde, ¿está en lo cierto?
Esta contratación solo requiere el acuerdo de la mayoría. Al contratar un seguro se trata de garantizar los servicios y elementos comunes para caso de accidente o siniestro y está dentro de las competencias de la Junta de Propietarios, incluso cuando también la Póliza tiene cobertura complementaria sobre elementos privados, sin que ello le permita a determinado propietario rehusar su obligación y retirarse del Seguro Común. Su negativa solo tendrá eficacia si obtiene, que lo dudamos, éxito en una impugnación judicial, pero nunca por expresar la discrepancia sin más.